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LA FIGURA DEL COORDINADOR/A DE PARENTALIDAD

Coordinador de parentalidad

Cuando los padres deciden romper su relación de pareja o de matrimonio jamás han de perder de vista que, a pesar de todo, seguirán siendo una familia, que es la que ellos mismos han formado. Y, como tal familia, harán que sus hijos sigan relacionándose con ellos de manera sana y satisfactoria, encargándose, en condiciones de igualdad, de su cuidado, educación y crianza.

Pero no siempre las situaciones son tan ideales. Por ejemplo, existen casos de familias inmersas durante años en conflictos persistentes, y en aumento aún después de la ruptura, el abuso de sustancias, problemas de salud mental de uno o de ambos progenitores, casos de violencia familiar o de género, o cuando uno de los progenitores intenta impedir o limitar el contacto de los hijos con el otro o bien pretende alterar el vínculo materno o paterno filial,…, que piden la actuación del COORDINADOR/A DE PARENTALIDAD para dejar de seguir arriesgando la salud física y psíquica de los principales y más vulnerables a proteger: los hijos.

En la coordinación de parentalidad un/a profesional, que puede ser experto/a en mediación o psicología terapéutica o educación y trabajo social, tiene como función asistir a progenitores que se encuentren en situaciones de alta conflictividad a implementar su plan de parentalidad, ayudándoles a resolver sus disputas, educándoles sobre las necesidades de sus hijos y tomando decisiones conforme a lo dictado en sentencia. Se trata de un proceso que se centra en los niños, puesto que guía a los padres a actuar conforme a lo mejor para sus hijos, controla el cumplimento del plan de parentalidad, media y arbitra en caso de controversia, enseña a llevar a cabo la parentalidad positiva, con el objetivo de disminuir el conflicto familiar y pacificar las relaciones entre los miembros de la familia afectada.

Es un servicio que puede venir impuesto por vía judicial, lo que sucede habitualmente en casos de familias con denuncias penales reiterativas entre ellos, o que estén siendo asistidas en centros de ayuda o sociales familiares por su situación. Y, de hecho, está previsto por ley en Cataluña, País Vasco, Galicia, y en países como Australia, Canadá y Estados Unidos, cuya práctica está dando buenos resultados. Además, los propios progenitores pueden preverlo en documento escrito, como una cláusula más del plan de parentalidad que presenten de mutuo acuerdo.

Sin duda, la existencia de estos profesionales ayuda a descongestionar la sanidad pública así como los juzgados de su carga de trabajo porque su función es incidir directamente en mejorar la calidad de vida de familias en crisis, pacificando el entorno familiar. Y, lo más importante: es de gran ayuda para que los hijos no acaben siendo víctimas por activa y por pasiva de las heridas que provocan sentimientos como el odio, el egoísmo, el ánimo de venganza y la indiferencia.


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