¿ A qué abogado/a algún cliente no le ha formulado esta pregunta? Y a menudo no sabemos qué responderle…
Es conocida de sobras por todos la lamentable situación de colapso que sufren los Juzgados y Tribunales en nuestro país a causa de la falta de medios personales, materiales y económicos. Y todos somos víctimas. Insistimos, TODOS, desde los propios Jueces y Magistrados, siguiendo con los Fiscales, los Letrados de la Administración de Justícia- antes de la última reforma, llamados Secretarios Judiciales-, hasta el personal administrativo, que son los primeros en sufrir esta situación que,- comprensiblemente-, ocasiona estrés, consecuente perjuicio a la salud, que puede conllevar bajas laborables, que en muchas ocasiones no se cubren por falta de medios dinerarios, provocando que tenga que repartirse el trabajo entre el resto del personal activo, que además ha de seguir cargando con el que ya tenía,… Es imposible llegar a todo, los asuntos se amontonan en las estanterías y se eterniza su tramitación. Resultado: ciudadano insatisfecho con la Administración de Justícia, que acaba desconfiando de ella y la desprestigia.
Y la situación empeora si mientras ese cliente que está a la expectativa de una resolución judicial sobre su asunto, llega a sufrir daños y perjuicios derivados de ese atraso y relacionados con el proceso en trámite. ¿Qué ocurre, entonces? El artículo 24.2 de la Constitución Española establece que todas las personas tienen derecho a un proceso público sin dilaciones indebidas. Y el artículo 121 de la misma Constitución manifiesta que los daños causados por el funcionamiento anormal de la Administración de Justícia dará derecho a una indemnización a cargo del Estado, expresándose en el mismo sentido el artículo 292 de la Ley Orgánica del Poder Judicial, que, además exige que el daño sea efectivo – real-, evaluable económicamente e individualizado a una persona o grupo de personas. Se han dado casos de sentencias que han otorgado el amparo por dilaciones en la Administración de Justícia e indemnizaciones por daños y perjuicios ocasionados por esa demora.
Es una obligación de los poderes públicos el dotar de más medios y recursos a los Juzgados y Tribunales para que puedan llevar a cabo y con efectividad su trabajo, que no es otro que la impartición de Justícia a la cual todos tenemos derecho.