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SI NOS SEPARAMOS O NOS DIVORCIAMOS ¿ME TOCA INDEMNIZACIÓN?

Es una pregunta que nos inquieta especialmente si durante nuestro matrimonio o convivencia en pareja hemos dedicado mayor tiempo al cuidado del hogar y de la familia que el que ha dedicado nuestra pareja o cónyuge, o bien si hemos estado trabajando en su negocio o empresa.

Si nos hemos casado o constituído en pareja de hecho bajo separación de bienes, – especialmente en Cataluña, porque es el régimen económico matrimonial que rige por defecto- tenemos derecho a una compensación o indemnización por razón de trabajo, siempre que se cumplan estas condiciones:

– Que exista una separación, divorcio, nulidad del matrimonio o cese de la convivencia en pareja.

– Que nos hayamos dedicado más que nuestra pareja o cónyuge a las tareas del hogar y atención a la familia, o bien hayamos trabajado para él/ella sin sueldo o con sueldo insuficiente.

– Que la disolución del régimen matrimonial o de pareja genere una desigualdad patrimonial, comparando las dos masas de cada miembro de la pareja.

– Que tal desigualdad implique un enriquecimiento injusto.

El objetivo no es otro que el de mitigar los efectos propios del régimen de separación de bienes, en el que cada uno mantiene los suyos, de manera que, en caso de ruptura de la relación matrimonial o de la pareja de hecho, el de los dos que resulte más perjudicado pueda acceder a una parte equitativa de los bienes del otro o a una indemnización que repare la desigualdad económica resultante como consecuencia de la ruptura.

En cambio, si nuestro régimen económico fuera el de gananciales o el de participación, la solución pasaría por la adjudicación de los bienes comunes – en caso de gananciales-, o con la participación en las ganancias del trabajo del otro, en el régimen de participación.

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Derecho de Familia

¿Que es la mediación?

Ese método de resolución de controversias llamado «MEDIACIÓN» en el que el mediador/a procura que dos o más partes intenten voluntariamente alcanzar por sí mismas un acuerdo, lo que no implica necesariamente «unir los trozos» de una relación rota – del tipo que ésta sea-, sino de restablecer ese mínimo de confianza entre las partes, que es lo que realmente se ha roto, para construir un nuevo tipo de relación entre ellas y posibilitar la solución al conflicto.

La mediación tiene su razón de ser en un diálogo en el que las partes dejan a un lado el ganar-perder, típico de un enfrentamiento, como lo que estamos acostumbrados a ver en un procedimiento judicial o arbitral, y dan primacía al ganar-ganar con el objetivo de satisfacer al máximo los intereses de todas ellas, en vez de los de unas en detrimento de los de otras.

Entendiendo lo que es la mediación

Hablar de mediación es hablar de una construcción que se asienta sobre la autonomía de la voluntad de las partes, desde que empieza hasta que se termina. Porque son las partes las que autoregulan tanto el empleo de la mediación, al someterse a ella voluntariamente, como la forma del procedimiento y su continuación, pudiendo abandonarlo de forma unilateral en cualquier momento. Pero son sobre todo las partes las que, con la ayuda del mediador, han de encontrar esa solución más acorde con sus intereses recíprocos, alcanzando ese punto de equilibrio, como resultado al haber pactado de manera participativa y libre, es decir, sin ningún tipo de presión o coacción, surgiendo propuestas equitativas y concretadas en un plan de acción detallado, que se plasmará en un acuerdo al cual las partes pueden dar fuerza ejecutiva, si lo desean, y porque así se lo permite la normativa.

que es la mediación

No hay que pensar que la mediación sustituye a jueces o tribunales ni es una alternativa excluyente a ellos, sino que podemos decir que es la última vía para solucionar un conflicto mediante el diálogo, antes de llegar al proceso judicial o arbitral, donde la resolución del conflicto pasará inexorablemente por la vía de la confrontación.

Hemos de tener presente que el conflicto, de una manera o de otra, aparece a lo largo de nuestra vida porque nada es permanente. En mediación tratamos de gestionarlo diseñando estrategias para minimizar sus disfunciones y maximizar sus aspectos positivos, siendo uno de ellos la creatividad. ¿Os animáis a probar la mediación?

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