Monthly Archives: Jul 2017

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TARJETAS DE CRÉDITO Y VACACIONES

¿Quien no se ha planteado contratar un seguro de accidentes y asistencia en viajes antes de emprender un viaje al extranjero? Muchas tarjetas de crédito incorporan alguna póliza de seguro gratuito que cubre el fallecimiento acaecido durante el viaje, la anulación del viaje por enfermedad, la pérdida o el retraso de equipaje o los gastos médicos, en caso de hospitalización.

No obstante, quizás sí convenga contratar algún seguro extra si, por ejemplo, viajamos fuera de la Unión Europea a países como podría ser a Estados Unidos, cuyos gastos médicos son elevados, o bien si pensamos viajar a países en conflicto o si vamos a practicar deportes de aventura o si pretendemos ausentarnos durante meses, dado que la póliza de seguro de nuestra tarjeta contendrá, como todas, exclusiones, abanico de coberturas y cuantías límites.

Si vamos a viajar en coche, podemos ahorrar en combustible de marcas concretas que tengan convenio con cada banco dentro de España y en algunos casos, también en Portugal.

Cada vez son más los bancos que están incorporando descuentos en servicios hoteleros. Sólo hay que seguir las instrucciones que nos indique la propia entidad y abonar la reserva del alojamiento con la tarjeta del banco en cuestión. Además, y para incentivar su uso, el banco puede ofrecer bonificaciones en vuelos o alquiler de coches.

Si viajamos a un país que utiliza una moneda diferente de la nuestra, comprobemos que nuestra tarjeta de crédito no aplique comisión si la usamos para pagar la cuenta del restaurante, la factura del hotel o compras que hagamos. Y si tuviéramos que sacar dinero durante nuestra estancia en ese país, nos apliquen el cambio real, sin recargos ni costes extra porque cada vez es mayor el número de targetas de crédito que lo posibilitan y nos evitamos sorpresas cuando lleguen los cargos.

Ya que la tenemos, saquémosle el mayor provecho posible.

Buen viaje.

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¿PUEDO IR CON MI PERRO A LA PLAYA?

La respuesta es sí, puedo ir con mi perro a la playa siempre y cuando sea una de las 58 playas repartidas entre toda España y que figuran catalogadas en la web www.playasparaperros.info para este año 2017, once de ellas en Cataluña, en segundo lugar, detrás de la Comunidad Valenciana, con 14.

Son los Ayuntamientos de cada municipio los que tienen la potestad de decidir cuáles de sus playas habilitar para la presencia de canes y cuáles, no, en base a la normativa sobre uso, salubridad e higiene, que pasan por – aunque sea obvio-, llevarle controlado, que no moleste a los demás usuarios de la playa, recoger sus excrementos, que lleve incorporado el microchip, que esté al día de las vacunaciones, que llevéis siempre con vosotros su cartilla sanitaria, y, en caso de que esté incluido en uno de los Anexos I y II del Real Decreto 287/2002, de 22 de marzo, tendrá que ir atado y con bozal.

Antes de ir con mi perro a la playa, vale la pena echar un vistazo a la web que os enlazamos, que actualiza cada año el listado de estas playas, y asegurarnos de que estamos en el lugar correcto, si no queremos exponernos a que nos impongan una sanción de 90 a 1.500€, según la gravedad de la infracción cometida.

Y, si lo lleváis en horas diurnas, no olvidéis de aplicarles el protector solar o de ponerles una camiseta fina, especialmente si vuestr@ peludit@ tiene el pelo blanco, fino o corto.

A disfrutar.

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CUENTAS CORRIENTES SIN SALDO O ABANDONADAS

Es más frecuente de lo que pensamos. Muchas veces nos olvidamos de ellas porque hace tiempo que las abrimos para contratar un depósito o un préstamo o porque pertenecieron a una persona fallecida de nuestro entorno y no supimos de su existencia. Y pueden seguir acumulando dinero.

La normativa vigente considera abandonada una cuenta corriente si durante el plazo de 20 años consecutivos no registra ningún tipo de actividad y el dinero que hubiese en ella pasa al Estado, que lo destinará a financiar programas dirigidos a promover la mejora de las condiciones educativas de las personas con discapacidad. La cifra recaudada entre los años 2005 a 2015 fue de 83 millones de euros.

El hecho de que la cuenta esté inactiva, aunque su saldo sea de cero euros, no nos libra del pago de comisiones ni exime al banco de ofrecer los servicios de caja que se pactaron en su momento, porque no se considerará abandonada, a efectos legales, hasta el transcurso de los 20 años sin actividad, con lo que podrá seguir generando comisiones. Por ello siempre es mejor que cerremos aquellas cuentas que sabemos que ya no vamos a utilizar o bien abramos cuentas en bancos sin comisiones.

Una vez transcurridos 20 años, ya no nos será posible recuperar el dinero. No obstante, los bancos están obligados a darnos una última oportunidad para que podamos reivindicar la titularidad de estos fondos, a punto de ser declarados como abandonados, avisándonos por correo certificado o medio análogo a nuestro domicilio, para evitar que el dinero existente vaya a parar a las arcas estatales. Así que mantengamos nuestros datos actualizados con los bancos con los que operamos si hacemos algún cambio.

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