Monthly Archives: Dic 2016

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CÓMO DIALOGAR CON MI HIJ@ ADOLESCENTE

A veces no resulta fácil. Han dejado de ser niños, pero aún no son adultos… Y los cambios que están acusando también les afectan.

Aprovechemos la ocasión de dialogar con ellos cuando nos lo piden. Están en la edad en que más necesitan hablar, pero más difícil les resulta hacerlo con los padres, así que no dejemos escapar esa oportunidad aunque en ese momento estemos muy ocupados o tengamos trabajo. Seguramente será importante lo que tengan que decirnos – al menos para él/ella-, y se sentirán mejor si saben que puede contar con sus padres.

Otorgadles confianza y la recibiréis de vuelta porque es la condición de todo diálogo. Aunque nos resulte difícil e incluso nos parezca arriesgado, si no confiamos en nuestros hijos, si no les damos esa confianza, nos quedaremos sin saber lo que les ocurre o lo que les inquieta y perdermos oportunidades de que se sinceren con nosotros.

Aceptemos sus formas. No nos ha de afectar que en algún momento nos alcen la voz, tengan salidas de tono o nos dejen con la palabra en la boca… Pongamos nosotros la serenidad y no malgastemos energías en discutir sobre formalidades, dejando de lado el fondo de la cuestión. Una vez pasada la «tormenta» y con más calma, hablamos de las formas y de cuál ha sido su alcance. Pero no las perdamos nosotros.

Haced que razonen. Por ejemplo, será más motivador para ellos estudiar para poder trabajar en aquello que les gusta que por «llegar a ser algo en la vida». Cuanta más concreción y más argumentos «a su medida», mejor.

Pactar. Cuando se pacta, se genera un compromiso. Y el compromiso une.

Aprovechemos el diálogo para ir sembrando valores y criterios en nuestros hijos adolescentes. No a modo de sermón o de reprimenda, sino a modo de insistencia para que vayan «calando» en ellos.

Y, por supuesto, nada de utilizar expresiones del tipo «Estoy hart@ de ti», «me matarás a disgustos», «aprende de tu herman@»…, que no propician para nada el diálogo, levantando, además, un muro entre vosotros y ellos.

Que sientan que tienen unos padres con los que se puede hablar. Y lo hagan.

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COMPARTIR LOTERIA

Cuántas veces entre amigos, compañeros de trabajo o incluso entre parientes compramos un boleto de lotería, jugamos a la bonoloto, adquirimos un cupón de alguna organización o bien hacemos una quiniela, y quedamos que nos repartimos el premio, con la ilusión de que nos toque, ¿verdad?

Seamos realistas: casi nunca toca, y la vida sigue… Pero jugando tenemos alguna posibilidad…, y ¡quién sabe…! Así que aseguremos nuestra hipotética porción de premio:

– Nombremos un depositario de entre el grupo, encargado de proteger ese boleto, cupón o quiniela y que se responsabilice de no perderlo ni de echarlo a perder.

– Pagadlo en el acto.

– Dejad constancia, por ejemplo, fotocopiando el boleto, cupón o quiniela, con el nombre, apellidos y DNI de cada uno de los participantes, el importe que juega cada uno, indicando si lo ha pagado ya o no, firmadlo todos y os quedáis una copia cada uno.

Y si lo hacéis por redes sociales, lo ideal sería que creárais un grupo integrado sólo por los participantes, incluyérais como foto identificadora la del boleto, cupón o quiniela, donde se viera quién es el depositario, los jugadores y las cantidades jugadas por cada uno.

Si os ha tocado ¡¡FELICIDADES!! e id juntos a recorger el premio a la administración de lotería o bien al banco, según la cuantía del premio. Y habréis de tener en cuenta también que la retención de impuestos corresponderá al porcentaje jugado.

¡¡SUERTE!!

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LA MEDIACIÓN EN ACCIDENTES DE CIRCULACIÓN

Sí, la mediación también existe en este ámbito.

Desde el 1 de enero de 2016, cuando la compañía aseguradora haga una oferta económica con la cual la víctima esté disconforme, y en general en cualquier tipo de controversia, se podrá acudir al proceso de mediación. Así que, como perjudicado/a, podrás solicitar el inicio de una mediación en el plazo máximo de dos meses contados a partir del momento en que recibas la oferta.

Es una mediación voluntaria para el perjudicado y a la que la compañía aseguradora debe presentarse. Al igual que el resto de mediaciones de otros ámbitos, se puede desistir de ella en cualquier momento, tras celebrarse la sesión informativa. Pero sí que tiene una especialidad en cuanto al mediador/a: se le exige especialización en responsabilidad civil dentro del ámbito de la circulación y en el sistema de valoración previsto en la Ley 35/2015, sobre los daños y perjuicios causados a las personas en accidentes de circulación, es decir, habrá de conocer y saber utilizar el nuevo baremo, y desarrollará una conducta activa promoviendo un acuerdo entre las partes.

Los acuerdos alcanzados en estas mediaciones son vinculantes tanto para las víctimas como para las aseguradoras.

En caso de no haber sido posible alcanzar un acuerdo, se podrá acudir a la vía judicial, que suele durar entre 18 y 24 meses, mientras que la duración de un proceso de mediación no podrá superar los tres meses.

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MI HIJ@ ME AGREDE (VIOLENCIA FILIOPARENTAL)

Hoy te insulta, mañana te empuja, pasa a la amenaza, te ha roto algún objeto sabiendo que tenía un valor especial para ti, ya te golpea… , y tienes la esperanza de que mañana todo cambiará, la rabieta de hoy pasará a la historia y no se volverá a repetir… Pero llega mañana y pasado mañana y sigue…, cada vez peor… Piensas y quieres justificar que es porque está pasando por situaciones de estrés fisico y/o emocional, haya tomado alguna bebida alcohólica o alguna droga o tal vez por alguna patología que sufra…. Y te encuentras rezando para que no haya una próxima, le estás empezando a tener miedo…

Sí, este calvario se vive en no pocos hogares familiares de este país entre padres e hijos. En mayor número de chicos contra madres, aunque empieza a incrementarse el número de chicas. También se dan casos contra el padre, pero son menos. Sea como sea, un verdadero drama donde la permisividad y el miedo al conflicto reinan día y noche y del que sólo sabemos una mínima parte.

No está contemplado en el Derecho un concepto de violencia filioparental, como tal, siendo lo que más se le acerca, en este sentido, el concepto de violencia habitual del artículo 173.2 del Código Penal y el episodio violento de consecuencias leves concreto del artículo 153.2 del mismo Código.

Esta violencia, como todas, es inaceptable y necesitáis ayuda para atajarla, así que aunque cueste, y os duela en el alma, hay que empezar denunciando la situación ante los Servicios Sociales de vuestra ciudad, província o Comunidad Autónoma, si vuestro hijo/a es menor de 14 años, por su condición de inimputable penal.

Si tiene entre 14 y 17 años,- según estadísticas, es la franja de edad mayoritaria en estos casos-, se seguirá un procedimiento judicial que empezará con la denuncia que podéis efectuar en comisarías de policía, que será trasladada al Fiscal de Menores, siguiendo un procedimiento que se regirá por la normativa específica sobre responsabilidad penal del menor, con la posibilidad de que se le imponga una medida educativa adecuada a su situación personal y a su entorno para que pueda retornar a la familia con garantías. Esta medida tiene como objetivo hacer que vuestro hijo/a reflexione sobre la conducta que le ha llevado hasta aquí, se responsabilice de ella sin autojustificarse ni cargar contra vuestra actitud o palabras que en algún momento le hayáis podido proferir y que le hayan «provocado». Contará con la ayuda de profesionales especializados en trabajar la empatía, los valores y la prevención de recaídas, para que aprenda a afrontar los hechos de manera no violenta, trabajo que también va a requerir de vuestra colaboración, porque, llegados a este punto, todos tenéis que cambiar de estrategia.

Si vuestro hijo/a fuera mayor de edad, su conducta sería reconducible al tipo de delito resultante por su acción cometida y se le aplicaría la sanción correspondiente, según la normativa penal de adultos.

Porque en su momento decidísteis tener hijos para cuidarlos, amarlos y disfrutarlos, no para sufrirlos.

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