Sin categoría

BODAS Y DIVORCIOS ANTE NOTARIO

Como ya sabéis, desde el 23 de julio de 2015, los notarios pueden casar o divorciar gracias a la entrada en vigor de la Ley de la Jurisdicción Voluntaria. Desde entonces y en los últimos seis meses, se han registrado en las notarías unos 1.800 trámites, entre bodas, separaciones o divorcios, cifra que irá en auge, dada su facilidad y rapidez en el procedimiento.

Si queremos casarnos ante notario, una vez que hayamos obtenido el expediente matrimonial por parte del Juez Encargado del Registro Civil- que a partir del 30 de junio de 2017, podrá tramitar también el notario-, nos basta el DNI y dos testigos que habrán de estar presentes en el acto en el cual el notario leerá los artículos del Codigo Civil que recogen los derechos y deberes del matrimonio, como son la igualdad de derechos y deberes de los cónyuges, la obligación de respeto, ayuda mútua, actuar en interés de la familia, vivir juntos, guardarse fidelidad y socorrerse mútuamente, además de compartir las responsabilidades domésticas y el cuidado y atención de ascendientes y descendientes y de otras personas dependientes a su cargo. Casarse ante notario suele costar entre 100 y 160 euros, dependiendo de si el notario tiene que desplazarse – porque hayáis elegido un lugar determinado para la ceremonia, fuera de la notaría-, o de si habéis elegido fecha en día laborable o festivo…

Más rápido aún que unir en matrimonio en una notaría es legalizar una ruptura, es decir una separación o un divorcio. En 24 horas puede estar firmada la escritura pública. Pero, para optar por esta vía, hemos de cumplir las siguientes condiciones: que la ruptura sea de mutuo acuerdo, que hayan transcurrido más de tres meses desde la celebración del matrimonio y que no tengáis hijos menores o con capacidad modificada judicialmente y dependientes de vosotros. El precio medio oscila entre 150 euros, aunque dependerá de la extensión del convenio regulador, y siempre deberéis ser asistidos por un abogado – en común o uno para cada uno-, que previamente os habrá asesorado sobre el contenido de vuestro convenio a escriturar y sus honorarios serán independientes de los del notario. El notario comprobará que el convenio es equitativo y no perjudicial para ninguno de los cónyuges y, una vez firmado el divorcio, lo comunicará al Registro Civil donde constaba inscrito vuestro matrimonio.


Entrades relacionades
¿ESTÁ OBLIGADO EL ARRENDATARIO A PAGAR EL IBI?
2016-06-08T21:53:06+00:000000000630201606
¡¡FELIZ DÍA DEL PADRE!!
2016-03-18T23:36:55+00:000000005531201603